Miércoles de Ceniza, Inicio de la Santa Cuaresma - Ayuno y Abstinencia



Hoy, Miércoles de Ceniza, empieza la Santa Cuaresma, un tiempo de conversión, penitencia y purificación, en el que nos prepararemos para vivir los misterios de la Pasión, Muerte y Resurrección de Nuestro Señor Jesucristo en la Semana Santa.

Desde el tiempo de Septuagésima la Iglesia nos ha ido introduciendo paulatinamente en este espíritu penitencial que ha de ser el que nos guíe en estos cuarenta días de ayuno que se extienden desde hoy hasta el Domingo de Pascua.

Así pues, el día de hoy marca el principio de las penitencias cuaresmales, a semejanza de los cuarenta días de ayuno que Nuestro Señor practicó antes de comenzar su vida pública. La Santa Iglesia nos impresiona saludablemente imponiendo sobre nuestras cabezas la ceniza bendecida; nos recuerda que venimos del polvo y que nuestro cuerpo se deshará en ceniza después de la muerte.

Roguemos, pues, al Señor para que nos conceda la fortaleza de alma y cuerpo y podamos así hacer una Cuaresma santa y provechosa. Así se lo pide a Dios el sacerdote tras la imposición de la sagrada ceniza:


"Concedednos, Señor, la gracia de comenzar con santos ayunos la carrera de la milicia cristiana: para que, al luchar contra los espíritus malignos, seamos protegidos con los auxilios de la continencia". 


Que así sea.

LA SANTA CUARESMA

(Capítulo VI del Catecismo Mayor de San Pío X)

37. ¿Qué es la CUARESMA? - La Cuaresma es un tiempo de ayuno y penitencia instituido por la Iglesia por tradición apostólica. 

38. ¿A qué fin ha sido instituida la Cuaresma? - La Cuaresma ha sido instituida: 1°, para darnos a entender la obligación que tenemos de hacer penitencia todo el tiempo de nuestra vida, de la cual, según los Santos Padres, es figura la Cuaresma; 2.°, para imitar en alguna manera el riguroso ayuno de cuarenta días que Jesucristo practicó en el desierto; 3.°, para prepararnos por medio de la penitencia a celebrar santamente la Pascua. 


39. ¿Por qué el primer día de Cuaresma se llama día de CENIZA? - El primer día de Cuaresma se llama día de Ceniza porque en este día pone la Iglesia sobre la cabeza de los fieles la sagrada Ceniza. 


40. ¿Por qué la Iglesia impone la sagrada Ceniza al principio de la Cuaresma? - La Iglesia, al principio de la Cuaresma, acostumbra poner la sagrada Ceniza para recordarnos que somos compuestos de polvo y a polvo hemos de reducirnos con la muerte, y así nos humillemos y hagamos penitencia de nuestros pecados, mientras tenemos tiempo. 


41. ¿Con qué disposiciones hemos de recibir la sagrada Ceniza? - Hemos de recibir la sagrada Ceniza con un corazón contrito y humillado, y con la santa resolución de pasar la Cuaresma en obras de penitencia. 


42. ¿Qué hemos de hacer para pasar bien la Cuaresma según la mente de la Iglesia? - Para pasar bien la Cuaresma según la mente de la Iglesia hemos de hacer cuatro cosas: 1a, guardar exactamente el ayuno ,y la abstinencia y mortificarnos no sólo en las cosas ilícitas y peligrosas, sino también en cuanto podamos en las lícitas, como sería moderándonos en las recreaciones; 2a, darnos a la oración y hacer limosnas y otras obras de cristiana piedad con el prójimo más que da ordinario, 3a, oír la palabra de Dios, no ya por costumbre o curiosidad, sino con deseo de poner en práctica las verdades que se oyen; 4a, andar con solicitud en prepararnos a la confesión para hacer más meritorio el ayuno y disponernos mejor a la Comunión pascual. 


43. ¿En qué consisten el ayuno y la abstinencia? - El ayuno consiste en no hacer más que una sola comida al día, y la abstinencia en no tomar carne ni caldo de carne. 


44. ¿Se prohíbe toda otra refección los días de ayuno, fuera de la única comida? - Los días de ayuno, la Iglesia permite una ligera refección a la noche, o hacia el mediodía si la comida única se traslada a la tarde, y además la parvedad por la mañana. 


45. ¿Quiénes están obligados al ayuno y a la abstinencia? - Al ayuno están obligados todos los que sean mayores de edad, hasta que hayan cumplido sesenta años y no estén legítimamente impedidos, y a la abstinencia los que han cumplido catorce años y tienen uso de razón. 


46. ¿Están exentos de toda mortificación los que no están obligados al ayuno? - Los que no están obligados al ayuno no están exentos de toda mortificación, porque ninguno está dispensado de la obligación general de hacer penitencia, y así deben los tales mortificarse en otras cosas según sus fuerzas. 


LEYES TRADICIONALES SOBRE EL AYUNO Y LA ABSTINENCIA 

(Código de Derecho Canónico de 1917)

Código Pío-Benedictino de Derecho Canónico (1917), Libro Tercero, Parte Segunda, Sección II, Título XIV: De la abstinencia y el ayuno.


Canon 1250
Abstinéntiæ lex vetat carne júreque ex carne vesci, non autem ovis, lacticíniis et quibúslibet condiméntis étiam ex ádipe animálium. (La ley de la abstinencia prohíbe comer carne y caldo de carne, pero no prohíbe comer huevos, lacticinios y cualesquiera condimentos, aunque sean de grasa de animales.)


Canon 1251
§ 1. Lex jejúnii præscríbit ut nonnisi única per diem coméstio fiat; sed non vetat áliquid cibi mane et véspere súmere, serváta tamen circa cibórum quantitátem et qualitátem probáta locórum consuetúdine. (La ley del ayuno prescribe que no se haga sino una sola comida al día; pero no prohíbe tomar algún alimento por la mañana y por la tarde, con tal que se observe, respecto de la cantidad y la calidad, la costumbre aprobada en cada lugar.)


§ 2. Nec vetítum est carnes ac pisces in eádem refectióne permíscere; nec serotínam refectiónem cum prándio permutáre. (Tampoco está prohibido mezclar carne y pescado en la misma comida; ni cambiar la colación de la noche con la comida del mediodía.)


Canon 1252
§ 1. Lex sólius abstinéntiæ servánda est síngulis sextis fériis. (La ley de sola la abstinencia se ha de observar TODOS los Viernes del año.)


§ 2. Lex abstinéntiæ simul et jejúnii servánda est féria quarta Cinérum, fériis sextis et sábbatis Quadragésimæ et fériis Quátuor Témporum, pervigíliis Pentecóstes, Deíparæ in cœlum assúmptæ, Ómnium Sanctórum et Nativitátis Dómini. (Obliga la ley de la abstinencia con ayuno el Miércoles de Ceniza, los Viernes y Sábados de Cuaresma y los tres días de las Cuatro Témporas, las vigilias de Pentecostés, de la Asunción de la Madre de Dios, de la Fiesta de Todos los Santos y de la Natividad del Señor.)


§ 3. Lex sólius jejúnii servanda est reliquis ómnibus Quadragésimæ diébus (La ley de solo el ayuno se ha de observar todos los restantes días de Cuaresma.)


§ 4. Diébus domínicis vel festis de praecépto lex abstinéntiæ, vel abstinéntiæ et jejúnii, vel jejúnii tantum cessat, excépto festo témpore Quadragésimæ, nec pervigília anticipántur; item cessat Sábbato Sancto post merídiem (Cesa la ley de la abstinencia, o de la abstinencia y del ayuno, o del ayuno solo, en los domingos o fiestas de precepto, exceptuadas las fiestas que caigan en Cuaresma, y no se anticipan las vigilias; cesa también dicha ley el Sábado Santo después de mediodía.)


Canon 1253
His canónibus nihil immutátur de indúltis particuláribus, de votis cujúslibet personæphýsicæ vel morális, de constitutiónibus ac régulis cujúsvis religiónis vel institúti approbáti sive virórum sive muliérum incommúni vivéntium étiam sine votis. (Estos cánones no cambiarán los indultos particulares, los votos de cualquier persona física o moral, las constituciones y reglas de cada religión o instituto aprobado, tanto de hombres como de mujeres, que lleven vida en común, incluso sin realizar votos.)


Canon 1254
§ 1. Abstinéntiæ lege tenéntur omnes qui séptimum ætátis annum explevérint (Están obligados a guardar abstinencia cuantos hayan cumplido los siete años de edad.)


§ 2. Lege jejúnii adstringúntur omnes ab expléto vicésimo primo ætátis anno ad incéptum sexagésimum (Obliga la ley del ayuno a todos desde que han cumplido veintiún años de edad hasta que hayan comenzado el sexagésimo.)

Carta de San Pío X sobre la Cuaresma


Meditación de la memoria de la muerte y del polvo en que nos hemos de convertir en la sepultura

Necesidad del ayuno y la abstinencia